Estudio Regional sobre la figura de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) en Latinoamérica en comparación con Alemania y España bajo el Marco Legal de la Unión Europea.(*)
El Proyecto de Apoyo para el Plan de Desarrollo Económico Compatible con el Cambio Climático (DECCC) trabaja con una plataforma de diálogo multisectorial entre los actores relevantes para la gestión integral de los residuos.
El fin es promover en cada país, una propuesta de ley que contemple la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), como figura que pone en operación la gestión integral de los residuos (GIR), y que a la vez autofinancia la cadena de suministro para valorizar los mismos como materia prima para otros procesos productivos.
La REP es el mecanismo adecuado, tanto para la reducción de la generación de los residuos y de los Gases de Efecto Invernadero (GEI), así́ como para impulsar la industria del reciclaje y la creación de empleos formales que la misma conlleva.
Este estudio comparativo de cómo opera la REP en Latinoamérica tiene como objetivo principal promover su implementación en otros países, tanto en el rol de los Sistemas Integrales de Gestión para motorizar el sistema, como en los diferentes enfoques de financiamiento que se pudiesen aprovechar.
Después de haber estudiado los diferentes marcos legales para la GIR de los países en cuestión, es evidente que la REP presenta varias posibilidades para la gestión de diversos tipos de residuos, según las necesidades de cada país e industria. Son muchos los retos para poder ejecutar un sistema tal como el de REP, sin embargo, el primer paso es legitimar la propuesta legal con la aprobación del Proyecto de Ley de Residuos y posteriormente, en base a lo establecido en la ley, poner en práctica el sistema REP adaptado a su circunstancia nacional.
Responsabilidad Extendida del Productor(REP)en Latinoamérica
La Responsabilidad Extendida del Productor figura en las principales legislaciones en materia de residuos alrededor del mundo. Se ha determinado que las leyes de gestión de residuos para minimizar el impacto ambiental son importantes, aunque insuficientes si no cuentan con la figura de REP. La necesidad de que una legislación en materia de residuos cuente con la REP recae en que esta puede brindar los fondos necesarios para establecer una infraestructura de reciclaje (Lindhqvist, Manomaivibool, & Tojo, 2008). En la región de Latinoamérica se han destacado cinco países como propulsores de la figura en distintas modalidades. Este estudio representa un análisis jurídico-económico de la REP en la región, comparando buenas practicas, financiamiento y su aplicabilidad en cada uno de los países en cuestión. Teniendo presente que el enfoque de la REP es el desarrollo de productos reciclables y sostenibles, y también procurar un aprovechamiento de los residuos en general, estos cincos países de Latinoamérica han desarrollado cada uno su propio esquema de gestión integral de residuos con la misma misión y visión de una economía circular. Los países en cuestión son Chile, México, Costa Rica, Colombia y Brasil. Como referencia base, se ha hecho un análisis de la legislación de la Unión Europea al respecto, con los casos específicos de Alemania y España.
El análisis a continuación demostrará cómo cada uno de los países hacen una clasificación distinta de los productos dentro del sistema REP. Cada legislación estudiada adapta la figura según las diferentes realidades nacionales y de cómo opera la GIRS localmente. Lo principal es entender cómo el concepto y principio legal de REP no varía, ya que persigue el mismo fin, a pesar de que sea abordado desde distintos ángulos.
CHILE
En Chile, la figura de la REP fue oficialmente reconocida mediante la Ley Marco para la Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor. Esta ley fue promulgada y entró en vigor durante el año 2016; sin embargo, el modelo planteado ha sido utilizado como referencia a nivel global antes de ser reconocido legalmente, ya que en la práctica se ejercía desde antes de su legitimización.
Esta legislación chilena define a la REP como el régimen especial de gestión de residuos, conforme al cual los productores, fabricantes, importadores y distribuidores de aquellos productos clasificados como prioritarios, son responsables de la organización y el financiamiento de la gestión de los residuos de esos productos que se comercializan en el país. Este régimen especial permite que el residuo generado por el productor retorne a quien lo introdujo al mercado, mediante el esquema de economía circular sobre el cual se basa la REP. Esta misma ley, posteriormente, enlista aquellos productos que se consideran prioritarios, de manera que los mismos puedan entrar dentro de este régimen especial. En la misma legislación se hace salvedad de que esta no es limitativa, por lo tanto, se permite definir otros productos prioritarios en reglamentos posteriores.
El esquema de la REP en Chile se aplica a través de los Sistemas Integrales de Gestión (SIG), ya sean de carácter individual o colectivo. Estos sistemas se encargan de desarrollar toda la logística de la cadena de retorno de los residuos al productor, siendo también los que reciben y entregan los residuos a dicho productor. La ley obliga al productor a recibir del SIG los residuos sin costo, así como a entregar los mismos gratuitamente a los gestores contratados. Los SIGs se constituyen mediante la figura de Asociación Sin Fines de Lucro, por lo tanto, el financiamiento de la gestión de los residuos lo realizan los productores a través del sistema.
Mediante la estrategia que diseñen, los SIGs deben realizar la recolección en todo el territorio nacional chileno, así como el almacenamiento, transporte y tratamiento de los residuos. Los SIGs deben también elaborar un Plan de Gestión que presente el mecanismo de financiamiento, aparte del mecanismo de ejecución. Una alternativa que se ha presentado sobre financiamiento del sistema es la internalización de costos de gestión en el precio del producto. Esta última opción queda a criterio del productor mismo (Elmenhorst, 2015).
El 2 de Diciembre 2020, se publicó la propuesta del gobierno para anteproyecto de ley para el Reciclaje de los aceites lubricantes usados que tiene como meta reciclar el 90% de los mismos, luego de que ya se había hecho lo mismo con Neumáticos y Envases y embalajes. Podrían pasar unos seis meses antes de que esté listo el decreto definitivo, que marcará el “rayado de cancha” para la industria, según el diario La Tercera de Chile. Además de ser un producto de consumo masivo que se utiliza principalmente en el transporte y la industrial, al terminar su vida útil, los aceites lubricantes generan un significativo volumen de residuos que además son peligrosos y nocivos para el medio ambiente. De hecho, se estima que 1 litro de aceite lubricante usado, puede contaminar 1 millón de litros de agua. La buena noticia es que son factibles de valorizar, por ejemplo, en la producción aceite base (como el caso de Futuroil) o utilizándolos como combustible líquido.
MÉXICO
La legislación mexicana no contempla la REP como figura, sino más bien como un sistema similar, pero que descentraliza el rol del productor como el principal actor bajo este esquema. En el año 2003, México promulgó su Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Su marco legal se fortalece luego en el 2006, con el respectivo reglamento, y luego en el 2009 con la emisión del Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. El sistema mexicano es distinto a los demás, ya que su base yace en una política de residuos bajo promoción de cambios en los modelos de producción, consumo y manejo que fomente la prevención y gestión integral de los residuos a través de la Responsabilidad Compartida (Hengevoss, 2015).
Bajo el esquema de la Responsabilidad Compartida, la gestión de residuos en México es realizada y financiada por la municipalidad. La financiación correspondiente a los demás actores se ejecuta a través de diversos incentivos que crea la misma Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos de México.
Sin embargo, a pesar de que el manejo de los residuos sea autofinanciable por su valorización, el sistema no es efectivo, dada la falta de obligatoriedad a los productores para garantizar una disposición final adecuada de sus productos. Esta falta de obligatoriedad conlleva a su vez, a una falta de penalización, en caso de irresponsabilidad en cuanto a la gestión de los residuos. En México se da el caso de que la legislación crea los incentivos necesarios; sin embargo, el no involucramiento de la sociedad genera poca motorización de los mismos, ya que los productores no toman responsabilidad por sus residuos, no permitiendo esta autofinanciación de la cual se hace referencia. Además, para muchos actores resulta complicada la aplicación de la figura, debido a la falta de concreción del principio de Responsabilidad Compartida en la ley misma, lo cual da lugar a imprecisiones y evasión de responsabilidad de los actores involucrados.
COSTARICA
Costa Rica ha sido proactivo en la implementación de la REP, antes de que la legislación reconociera la figura y estableciera el sistema. Cuando en el año 2010, Costa Rica promulga la Ley de la Gestión Integral de Residuos ya había varios programas nacionales establecidos promoviendo la práctica de la REP. Con la entrada en vigor de la ley costarricense, se establece formal y legítimamente el sistema, estructurándolo de manera que se puedan generar incentivos y financiamiento, así como el orden posible para su funcionamiento.
La ley de la Gestión Integral de Residuos de Costa Rica define que la REP acoge a aquellos residuos que, por su composición, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje, formas de uso o valor de recuperación, o por una combinación de estos, implican riesgos significativos a la salud y degradación sistemática de la calidad del ecosistema, por lo que requieren salir de la corriente normal de residuos ordinarios. Por lo tanto, la legislación costarricense clasifica los residuos de manejo especial, como aquellos que entran dentro del sistema de REP y le otorga la competencia al Ministerio de Salud para determinar cuáles son los tipos de residuos que recaen bajo la clasificación de manejo especial.
El sistema de gestión de residuos y de REP en Costa Rica es autofinanciado, como parte de los servicios municipales (Navarro, 2008). La Ley de la Gestión Integral de Resid
uos, a su vez crea incentivos para desarrollar y ejecutar el sistema (Heredia, 2015). Como motor para los incentivos y el financiamiento de la gestión, se fijó un precio por kilogramo de residuos diferenciado por cada región. Además, se fijó un costo de capacitación por cada persona y región. Como resultado, en Costa Rica se ha generado un mercado emergente en recolección de plásticos tales como el PET y el HDPE.
COLOMBIA
En el año 2010, Colombia lanzó su Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). Esta política se formuló con la visión de desarrollar la regulación de la REP hacia el año 2019 y señala los productos cuyos residuos entran dentro del sistema REP. Sin embargo, en la política referida se interpreta la REP como la responsabilidad compartida entre distintos actores, a través de la cadena del producto en base al impacto ambiental.
En Colombia se ha desarrollado una estrategia dirigida a promover la gestión de los residuos post- consumo, junto con un sistema de gestión diferenciada para este tipo de residuos. La estrategia busca también evitar disposición final conjunta con los residuos de origen doméstico. El fin de la estrategia es lograr que se aplique la REP a través de la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible, mientras se desarrolla la regulación de la REP para el 2019.
En Colombia para la Gestión de los Aceites Lubricantes Usados (ALU), la Asociacion Colombiana del Petroleo (ACP) creo el FondodeAceitesUsados(FAU).
Esta iniciativa es apoyada por las compañías fabricantes de lubricantes BP, Castrol, ExxonMobil, Petrobrás, Shell, Brio y Terpel. El FAU es un proyecto de autogestión ambiental que refleja la responsabilidad social de los fabricantes de lubricantes. Su objetivo principal es promover e incentivar esquemas de trabajo con altos estándares ambientales y económicamente autosostenibles, para disponer adecuadamente del aceite usado.
El Fondo de Aceites Usados ha promovido la gestión ambientalmente adecuada de los aceites usados en las ciudades de Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Barranquilla/Cartagena.
La modalidad de financiamiento para la operatividad del sistema que ocurre en Colombia por el momento son los incentivos del mercado, cadenas productivas, redes de empresas, entre otras. Otros incentivos están orientados hacia los usuarios para la separación en el punto de origen. Sin embargo, el proceso de incorporación de instrumentos económicos claros y concisos para el desarrollo de la REP no ha sido aún implementado. Mientras tanto, se estila que los productores deban desarrollar y financiar las acciones necesarias para recolectar y manejar los residuos de sus productos atrayendo inversiones específicas.
A la fecha, se considera que la implementación de la REP en Colombia a través de la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible ha sido exitosa, tomando en cuenta que existen más de 350 empresas vinculadas a los programas de post-consumo. Aproximadamente 3,260 centros de acopio abiertos al público cubren gran parte del territorio nacional colombiano (Heredia, 2015).
BRASIL
Al igual que México, Brasil cuenta con el sistema de la Responsabilidad Compartida. La misma se establece mediante la Política Nacional de Residuos . La legislación brasileña considera que tanto el poder público, el sector empresarial y la sociedad civil son responsables por la gestión de los residuos generados, pero la implementación del sistema en cuestión se realiza de manera individual y encadenada. Brasil cuenta con programas normados de post-consumo para tres corrientes de residuos en particular, los cuales caen dentro del sistema REP: neumáticos usados, aceites lubricantes usados y envases agroquímicos (Heredia, 2015).
El financiamiento del sistema se da mediante acuerdos sectoriales firmados entre el poder público y el sector empresarial. De estos acuerdos surge como opción que el sector empresarial remunere al poder público municipal para la operación de la recolección selectiva. Sin embargo, la Política Nacional de Residuos establece que los productores deben estructurar e implementar sistemas de reciclaje y de gestión de residuos, en proporción a sus productos comercializados a través de la Responsabilidad Compartida.
Diferentes grupos empresariales han hecho alianza en Brasil para la gestión de sus residuos, ya que son productores del mismo tipo de producto. El sector neumático, por ejemplo, lleva a cabo la recolección de los mismos por medio de alianzas para construcción de lugares de almacenamiento temporal de neumáticos inservibles.
Cada uno de los países abordados en este estudio ha tenido su progreso significativo en cuanto a la gestión de los residuos y su aprovechamiento (Figura 2). Es de notar que cada legislación ha abordado la REP en diferentes modalidades, según las condiciones socioeconómicas propias y su división político-territorial, así como por generación de residuos. Es destacable el trabajo que ha hecho Brasil, aprovechando los neumáticos en casi su totalidad a través del sistema de Responsabilidad Compartida para la gestión de los residuos, mientras que Chile ha conseguido un porcentaje menor, a pesar de que en tan poco tiempo ha podido desarrollar su propio esquema con resultados positivos. El trabajo de Colombia ha sido a gran escala, ya que ha logrado crear programas de post-consumo efectivos para los diferentes tipos de residuos, alcanzando, por lo tanto, una amplia recuperación de los mismos. México presenta su adaptación de la figura a través de la Responsabilidad Compartida, logrando agrupar sectores empresariales, tales como el de neumáticos para el co-procesamiento, alcanzando cifras elevadas de reciclaje de PET (Tereftalato de Polietileno, por sus siglas en inglés)
La Responsabilidad Extendida del Productor (REP) en la Unión Europea
La Unión Europea recopila una serie de directivas que conforman el marco legal europeo sobre la gestión de los residuos. Esta serie abarca la regulación en cuanto a los vehículos al final de su vida útil, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y las pilas y acumuladores junto con sus residuos. Sin embargo, la Directiva Marco para la Gestión de Residuos es la más relevante, ya que configura la gestión de los residuos mediante su jerarquización e introduce la figura de la Responsabilidad Extendida del Productor, así como objetivos para el reciclaje y recuperación (Hafner, 2016).
La Directiva Marco de la Unión Europea identifica los productos que entran dentro de la REP y, además, algunos países miembros de la Comunidad Europea pueden optar por incluir productos adicionales al sistema REP, aparte de los ya indicados en la misma Directiva.
Dentro de los países miembros de la Unión Europea, se han seleccionado los casos de estudio de Italia, Alemania y España como base comparativa con los países estudiados de Latinoamérica en la implementación de la REP en la gestión integral de los residuos.
ITALIA
Italia es el principal ejemplo de una gestión de mercado de aceites usados que ha ido mucho más allá de los principios básicos de la UE, introduciendo importantes subvenciones para fomentar la recogida y el refinado de aceite usado.
El mercado de aceite usado se gestiona administrativamente a través de un consorcio industrial (CONOU) y se financia mediante una «tasa de contribución» que se cobra a los productores de lubricantes.
Los fondos se desembolsan para aprobar recolectores y refinerías de aceite usado, con el nivel de subsidios determinado anualmente por la CONOU.
Otros países de la UE, como España, Portugal y Francia, también han introducido sistemas de gestión de aceite usado sectorial incentivados, que han fomentado el crecimiento del refino de aceite usado.
Algunos países miembros de la UE, en particular Alemania y el Reino Unido (Reino Unido), dependen de las fuerzas del mercado para determinar el nivel apropiado de inversión en refinación de aceite usado a lo largo del tiempo.
Los gravámenes fiscales del gobierno también tienen un impacto sustancial en la gestión del aceite usado. Por ejemplo, en el Reino Unido, la exención total de la quema de aceite usado como combustible hace que el aceite usado sea muy atractivo para los procesos de combustión, y esta es la razón por la que el Reino Unido importa grandes cantidades de aceite usado de otros países de la UE y crea una escasez de crudo. material para re-refinadores.50 Ésta es una característica distintiva del mercado del Reino Unido en comparación con la mayoría de los demás países de Europa.
ALEMANIA
La transposición de la Directiva Marco sobre Gestión de Residuos de la Comunidad Europea en Alemania es la Ley para una Economía Circular (Kreislaufwirtschaftsgesetz),también conocida como la Ley de Reciclaje. Esta ley conforma el marco jurídico alemán en materia de residuos, en conjunto con las demás regulaciones, decretos y leyes adicionales que crean el sistema REP alemán, regulando cada producto abarcado, bajo el criterio, políticas y principios de la Comunidad Europea.
La gestión de los residuos en Alemania le corresponde a la municipalidad, en cuanto a la recolección, tratamiento, eliminación y valorización. Sin embargo, los envases y empaques no son competencia de los municipios sino más bien los Sistemas Duales, los cuales son conformados por diversas empresas, instituciones o fundaciones para la operatividad de la REP. Los residuos de otros productos, tales como las baterías y los vehículos de motor, son gestionados por entidades específicas también. La disposición de baterías es gestionada por la Institución de Sistema de Devolución de Baterías, mientras que los productores de vehículos son responsables por la devolución y tratamiento adecuado de los vehículos usados.
La gestión de los empaques y envases mediante los Sistemas Duales tiene un financiamiento distinto al resto de los residuos en Alemania. Los productores de empaques y envases deben pagar un costo por registro a los Sistemas Duales. Este costo, al final, es pagado por el consumidor, ya que el productor lo incluye en el precio del producto, logrando que el consumidor financie la gestión de estos residuos. Sin embargo, el sistema permite que este costo pagado por el consumidor se le sea reembolsado, junto con la devolución del mismo al comercio. El sistema alemán permite que el consumidor deje un depósito de 25 centavos de euro al adquirir el producto, para que una vez que lo haya consumido, retorne el envase de uso único al comercio y, por ende, sean reembolsados los 25 centavos.
Para los demás productos, sus residuos son recolectados por otros gestores, según sea el caso. Los envases son recogidos en las casas por las empresas contratadas dentro del Sistema Dual. En cuanto a las baterías, en cada almacén donde se vendan, hay un punto de depósito de residuos de éstas; igual para los aceites. Para los vehículos, se designa un punto intermedio cerca del productor de este, en dónde disponer del vehículo en desuso. Los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos se depositan en las instituciones de reciclaje.
ESPAÑA
En el 2011, España promulgó su Ley de Gestión de Residuos y Suelos Contaminantes, la cual ha resultado como una modificación de leyes anteriores de la materia, en respuesta a la Directiva Marco para la Gestión de Residuos de la Comunidad Europea. Dentro de dicha ley, se define la REP y se obliga a los productores o poseedores iniciales de residuos a realizar el tratamiento de los residuos generados por ellos mismos. La ley también otorga la posibilidad de que, en caso de estar dispuestos, estos productores o poseedores deleguen el tratamiento de dichos residuos a terceros que sean autorizados para su recolección.
Similar al sistema alemán, la legislación española otorga la competencia de la gestión de los residuos de los productos REP a los Sistemas Integrales de Gestión (SIGs), los cuales a la vez son conformados por empresas, instituciones o fundaciones. En España hay por lo menos un SIG por producto declarado por Decreto (MAGRAMA, 2016). Por lo tanto, el financiamiento de la gestión de los residuos corresponde a estas empresas que participen en los SIGs, las cuales tienen su mecanismo de cobro a los productores de los productos, cuyos residuos se gestionan de manera similar al sistema alemán. Estas SIGs se pueden constituir de manera colectiva o individual. Las SIGs colectivas son aquellas constituidas por un grupo de empresas, mientras que las individuales operan por sí mismas.
Para los envases, en España se ha desarrollado el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno de Envases (SDDR). Este sistema es aplicable a los envases de un solo uso, así como también a reutilizables. Las empresas envasadoras están obligadas a cobrar a sus clientes un monto por envase entregado a modalidad de depósito, el cual es reembolsado al momento en el que el cliente retorne el envase al comercializador; este sistema es similar al Sistema Dual alemán. En España, una vez el comercializador reciba el envase de regreso por parte del consumidor, entrega el mismo a un recuperador, reciclador o vaporizador autorizado, así como a un agente económico para su reutilización (Hafner, 2016).
En España específicamente para la Gestión de los Aceites Lubricantes Usados (ALU), se creo SIGAUS.
Qué es SIGAUS y porqué existe?
La misión es proteger el medio ambiente del impacto negativo de los aceites usados que se generan en vehículos, maquinarias industriales y procesos productivos. A través de una red de gestión de cerca de 160 empresas gestoras especializadas en la recogida, análisis y tratamiento de este residuo peligroso, SIGAUS valoriza el 100% del aceite usado recuperado en todo el territorio nacional conforme a la ley medioambiental vigente.
Origen
El origen de SIGAUS responde a la iniciativa de los fabricantes de lubricantes que, a través de su participación en este Sistema, cumplen con las obligaciones establecidas en la normativa sobre aceites usados (Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados).
Así, desde 2007 los fabricantes de lubricantes y otros agentes responsables de comercializar el aceite industrial o equipos que lo contengan, son responsables de garantizar y financiar la correcta gestión de los aceites usados que se generan tras el consumo de los aceites industriales que ponen en el mercado español.
Cómo se financia?
Como entidad sin fines de lucro, SIGAUS se financia a través de una cuota que pagan los fabricantes adheridos, en función del aceite industrial que ponen en el mercado nacional (0,06 € por cada kg de aceite comercializado), una aportación que es repercutida desde el fabricante al distribuidor, de éste al taller y, finalmente, al consumidor, sin que pueda modificarse a lo largo de dicha cadena.
Los ingresos obtenidos se destinan en su totalidad a la gestión del aceite usado generado y, por lo tanto, la financiación debe ser suficiente como para que el Sistema articule un servicio universal que atienda la recogida del residuo que se genera en toda España, garantizando el cumplimiento de los objetivos ecológicos que marcan las autoridades ambientales.
La experiencia alemana y española es bien similar, dado que ambas se desarrollan bajo el marco de la legislación de la Unión Europea. Los Sistemas Duales o Integrales de Gestión han logrado recuperar una gran cantidad de residuos, permitiendo el alto índice de reciclaje. Alemania es ejemplo del alto aprovechamiento de los residuos orgánicos, por lo que consecuentemente solo 140 kg por cada 9 habitantes por año entra a los rellenos sanitarios.
La experiencia de Alemania ilustra sobre la importancia de llevar la menor cantidad posible de residuos a los vertederos, lo que conlleva a una reducción significativa de emisiones de los Gases de Efecto Invernadero (GEI). Respecto a los envases y embalajes, España ha realizado una labor excepcional con su recolección hasta un 70%, los cuales son luego manejados a través de la REP para retornarles su vida útil. Alemania y España son buenos ejemplos del alcance que tienen los Sistemas de Gestión en la cadena de valor construida por la REP para la recuperación de los residuos y su debido aprovechamiento .
Co-beneficios de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP)
Reconociendo la Responsabilidad Extendida del Productor como un elemento integral de un sistema moderno para la gestión de residuos, es importante destacar la serie de co-beneficios que se generan con la aplicación de la figura. La REP logra desarrollar un sistema dentro de una economía circular en la que se gestionan residuos para aprovecharlos como materia prima para los productos venideros al mercado. Este aprovechamiento implica la disminución de residuos dispuestos en los vertederos, ya que los mismos regresarían a ser esta materia prima con los que serían fabricados los productos y los envases de los productos lanzados al mercado. En función de la disminución de los residuos dispuestos en los vertederos, la REP implica la reducción de los Gases de Efecto Invernadero ( GEI) por la disminución, tanto de la emisión de metano en los vertederos, como de CO2 en la producción industrial de los productos generadores de residuos, al reciclarse los ya lanzados al mercado (Rosillo, 2015).
La aplicación de la REP implica, por lo tanto, la reducción del número de vertederos y rellenos sanitarios, ya que cada vez llegarían menos residuos a estos. El sistema REP conlleva a que se generen nuevos empleos, en proporción de 250 por 10,000 toneladas de residuos reciclados, de acuerdo con la Comisión Europea. Este sistema implica también la promoción del uso eficiente de los recursos naturales y, por lo tanto, de la innovación en diseño y producción de productos, respetando el referido uso eficiente. Un co-beneficio importante a nivel de políticas públicas es el fomento de las alianzas público-privadas dentro del sistema REP (Martínez, 2015). Estas alianzas se deben a que el funcionamiento exitoso del sistema dentro del marco de la gestión de los residuos depende por completo del compromiso del sector privado ante las autoridades locales y gubernamentales. Las empresas que operen dentro del sistema REP obtienen un valor agregado, ya que ofrecen servicios post-venta y de disposición de sus productos, mientras que los ayuntamientos cuentan con este autofinanciamiento que otorga el sistema, en función al rol del sector privado, para poder cumplir con sus funciones dentro del sistema REP. El comportamiento de estas alianzas público-privadas varía según la legislación aplicada, pero con el mismo resultado final.
Conclusión
Este análisis comparativo muestra la Responsabilidad Extendida del Productor como instrumento importante dentro de la gestión integral de los residuos, así como los beneficios generados por su funcionamiento en general. Asi mismo cómo se ha aplicado el esquema en distintos países y cómo la misma ha reaccionado según la aceptación y adaptación del sistema legal y financiero en donde se instaure. Se observa cómo se ha generado una disminución de generación de residuos y disposición final de los mismos en los vertederos, mientras que la proyección económica nacional y privada aumenta a medida que los sectores productores van aprovechando sus residuos generados como materia prima. Adicionalmente refleja la eficiencia de la productividad comercial en base al aprovechamiento de los residuos, en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, encontrando en la REP otro aliado para la lucha contra el cambio climático.
El análisis comparativo de los países abordados demuestra las ventajas de contar con la REP en los aspectos económico, ambiental y social. Se destaca el sistema chileno, el cual se basa en una gestión de residuos clasificados dentro de la REP, mediante Asociaciones Sin Fines de Lucro, denominadas Sistemas Integrales de Gestión para el funcionamiento de la figura y máximo aprovechamiento de los residuos. El modelo que sigue Colombia es el de clasificación de residuos por grupo de productos, dentro del marco de los programas post- consumo. Los programas post-consumo colombianos son equivalentes a los SIGs chilenos, basados en alianzas empresariales sectorizadas. Tanto el sistema chileno como el colombiano son bien similares a los desarrollados bajo la normativa de la Unión Europea que presentan Italia, Alemania y España. La diferencia entre estos sistemas europeos y el modelo colombiano y chileno es que el europeo tiene la opción de constituirse bajo un grupo de empresas o Asociaciones Sin Fines de Lucro, para lo cual el productor deberá pagar una tasa por el servicio de la gestión de sus residuos.
México y Brasil trabajan con un sistema distinto al resto, ya que la figura implementada es la Responsabilidad Compartida, en vez de la REP. La diferencia entre México y Brasil radica en el éxito brasileño de la aplicación de la figura, debido a la clara definición en su legislación, detallando el funcionamiento del sistema. Al igual que Colombia, Brasil ha normado sus distintos programas de post-consumo, pero solo cubriendo tres tipos de productos. La regulación del sistema brasileño en un mismo cuerpo legal ha dejado bien claras las reglas del juego, a diferencia del sistema mexicano, el cual ha creado mucha confusión entre los usuarios.
(*)Tomado del Reporte producido por el Consejo Nacional para el cambio Climático y Mecanismo de Desarrollo Limpio (Presidencia de la República Dominicana), por encargo del Ministerio de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear (de la República Federal de Alemania) 2018–Incorporación libre al Reporte sobre Gestión de los Aceites Lubricantes Usados «ALU»; en Italia, en España (entidad sin fines de lucro SIGAUS), y en Colombia (Fondo de Aceites Usados «FAU» de la Asociación Colombiana del Petróleo «ACP»).
Simón Suarez, PhD-SmartPetroleumTech (ssuarez@smartpetroleumtech.com)